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La sociedad BITSTACK SAS, cuyo domicilio social se encuentra en Pepiniere Michel Caucik 100 Impasse des Houillères - Le Pontet, 13590 Meyreuil, (Francia), inscrita en el Registro Mercantil de Aix-en-Provence con el número 899 125 090 («BITSTACK»)y registrada ante la Autoridad de Mercados Financieros francesa («AMF») como Proveedor de Servicios de Criptoactivos («PSCA») de conformidad con el artículo 62 del Reglamento 2023/1114 de 31 de mayo de 2023 relativo a los mercados de criptoactivos («MiCA») con el número A2025-003 desde el 30 de junio de 2025 para la prestación de los siguientes servicios:
• la custodia y administración de criptoactivos por cuenta de clientes; (artículo 3 (16) a) MiCA), es decir, «la guarda o el control, por cuenta de clientes, de criptoactivos o de los medios de acceso a esos criptoactivos, en su caso en forma de claves criptográficas privadas».
• el canje de criptoactivos por fondos; (artículo 3 (16) b) MiCA), es decir, «la operación de uno o varios sistemas multilaterales que reúnen o permiten reunir, dentro del sistema y de conformidad con sus normas, intereses de adquisición y venta de criptoactivos de múltiples terceros para dar lugar a contratos, bien mediante el canje de criptoactivos por fondos o bien mediante el canje de criptoactivos por otros criptoactivos»;
• el canje de criptoactivos por otros criptoactivos; (artículo 3 (16) d) MiCA), es decir, «la celebración de contratos de compra o venta de criptoactivos con clientes, cambio de fondos, utilizando capital propio».
• la ejecución de órdenes relacionadas con criptoactivos por cuenta de clientes: (artículo 3 (16) e) de MiCA), es decir, «la celebración de acuerdos, por cuenta de clientes, para la compra o venta de uno o varios criptoactivos, o para la suscripción por cuenta de clientes de uno o varios criptoactivos, e incluye la celebración de contratos para la venta de criptoactivos en el momento de su oferta pública o admisión a negociación».
• el servicio de transferencia de criptoactivos por cuenta de clientes; (artículo 3 (16) e) MiCA), es decir, «la prestación de servicios de transferencia, por cuenta de una persona física o jurídica, de criptoactivos de una dirección o de una cuenta de registro distribuido a otra».
La Política de aplicación de la obligación de informar sobre los indicadores de sostenibilidad en relación con los efectos adversos sobre el clima y otros efectos adversos relacionados con el medio ambiente (la «Política») tiene como objetivo garantizar que BITSTACK cumpla con sus obligaciones de informar sobre los indicadores de sostenibilidad en relación con los efectos adversos sobre el clima y otros efectos adversos relacionados con el medio ambiente.
La Política se establece de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2025/422 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican el contenido, las metodologías y la presentación de la información relativa a los indicadores de sostenibilidad en relación con los efectos adversos sobre el clima y otros efectos adversos relacionados con el medio ambiente (el «Reglamento Delegado»).
La Política es responsabilidad de la directora de Cumplimiento y se revisa anualmente.
En lo sucesivo, en la Política, se hará referencia a los servicios prestados por BITSTACK como PSCA conjuntamente como los «Servicios».
BITSTACK comunica diversas informaciones a sus clientes (los «Clientes») en relación con los Servicios prestados a través de su sitio web disponible en la dirección https://www.bitstack-app.com/ (el «Sitio web»). De conformidad con el artículo 66 (5) del MiCA, BITSTACK pone a disposición de los Clientes, a través del Sitio web, la información en relación con los principales efectos adversos negativos sobre el clima y a otros efectos adversos relacionados con el medio ambiente del mecanismo de consenso empleado para emitir cada criptoactivo propuesto por BITSTACK en el marco de la prestación de los Servicios (la «Información»).
La información estará disponible en el Sitio web de forma gratuita.
La información se pondrá a disposición en forma de archivo descargable y se presentará de forma que resulte fácil de leer, utilizando caracteres de tamaño suficiente y un estilo de escritura que facilite su comprensión y permita comparar entre sí la información relativa a cada uno de los criptoactivos para los que BITSTACK presta sus Servicios.
La fecha de publicación de la información y la fecha de la última revisión o actualización se indicarán claramente en el Sitio web.
La información se publicará en francés e inglés en el Sitio web y la Aplicación.
La información se publicará en el Sitio web de conformidad con el formato previsto en el artículo 5 del Reglamento Delegado y se reproduce en el anexo 1 de la Política.
En caso de que para un criptoactivo determinado, el consumo de energía anual declarado en la tabla presentada en el anexo 1, campo S.8, supere los 500 000 kilovatios-hora, la información también se complementará con la tabla reproducida en el anexo 2 de la Política de conformidad con el artículo 5 (2) del Reglamento Delegado.
En su caso, y por decisión de la directora de Cumplimiento, BITSTACK podrá poner a disposición del público, en el Sitio web, información sobre uno o varios de los indicadores opcionales contemplados en la tabla 4 del anexo del Reglamento Delegado, en el formato que en él se indica. Si se facilita dicha información, también se facilitará la información correspondiente sobre las fuentes y metodologías previstas en dicha tabla.
La información incluye además los elementos contemplados en el artículo 6 del Reglamento Delegado, incluidos los elementos relativos a las «Fuentes y metodologías».
BITSTACK revisará y actualizará periódicamente, y al menos una vez al año, la información. En caso de modificaciones sustanciales, la información se actualizará sin demoras indebidas y las modificaciones realizadas se resaltarán claramente.
La directora de Cumplimiento se encargará de actualizar la información.
